Villar de Argañán

Villar de Argañán: las 40 preguntas del Catastro Marqués de la Ensenada

Notas mías:

RESPUESTAS GENERALES DEL LUGAR DE VILLAR DE PUERCO AL INTERROGATORIO DEL CATASTRO DE ENSENADA. Transcripción del Archivo Provincial de Salamanca y del Archivo General de Simancas.

En el Lugar de Villar de Puerco a 15/1/1752, … el señor D. Francisco Vázquez Juez subdelegado del señor D. Joseph Joachin de Veneterra Valdés y Quiñones, señor de las Villas de San Esteban de la Sierra y los Pajares, Regidor perpetuo de la Ciudad de León Intendente de esta provincia de Salamanca y Superintendente General de ella de todas rentas Reales y servicios de Millones. Y en virtud de real orden procede a la averiguación de efectos en que pueda fundarse una sola Contribución en Lugar de las que componen las rentas Provinciales; y estando….. en la casa de su habitación donde hace Audiencia, hizo parecer ante si, a Juan Hernández Alcalde, y Antonio Calvo …, Sebastián Calleja …, Juan Sánchez y Nicolás Vravo, vecinos de este expresado Lugar y Peritos nombrados, por la referida Justicia como personas de la mejor especie, en conducta y conciencia, y a presencia de D. Juan Lucas de Texeda Beneficiado rector de la Iglesia Parrochial de San Juan Baptista de este mismo Lugar, a quien para este efecto, y de que concurra, a este acto, se le ha dado recado político; en cuya virtud asistimos y congregados ….. por ante mi el …. recibió Juramento por Dios nuestro Señor y una señal de cruz en forma de …. de los referidos Alcalde, … y Peritos, quienes le celebraron como se requiere, …. cuyo cargo ofrecieron decir verdad de lo que supiesen y fueren preguntados, y siéndolo del tenor del interrogatorio Impreso de la letra A. respondieron lo siguiente:

1.- Cómo se llama la Poblacion.

A la primera pregunta respondieron que este pueblo se llama el Lugar de Villar de Puerco jurisdicción de la ciudad de Ciudad Rodrigo.

2.- Si es de Realengo, ú de Señorío: á quien pertenece; qué derechos percibe, y quanto producen.

A la segunda respondieron que este Lugar es propio de su alteza (Dios le guarde)

3.- Qué territorio ocupa el Termino, quanto de Levante a Poniente, y del Norte al Súr: y quanto de circunferencia, por horas, y leguas: qué linderos, ó confrontaciones; y qué figura tiene, poniendola al margen.

A la tercera respondieron que el término de este Lugar, ocupa desde lebante a poniente, una legua, y media desde el norte, al mediodía poco mas o menos, y de circunferencia dos leguas y media, en Corta diferencia, su figura la que se muestra al margen, sus confrontaciones y linderos, por levante con el término de el Lugar de Sexmiro. Poniente, con dehesa del Gardón propia del reverendo Cabildo de la Santa Iglesia Catedral de dicha ciudad. Norte con término del Lugar de Varquilla y mediodía con el de Alameda y dehesa de Hurtada que pertenece a don Joachín de Arias vecino de la referida ciudad.

4.- Qué especies de Tierra se hallan en el Termino: si de Regadio, y de Secano, distinguiendo si son de Hortaliza, Sembradura, Viñas, Pastos, Bosques, Matorrales, Montes, y demás, que pudiere haver, explicando si hay algunas, que produzcan mas de una Cosecha al año, las que fructifiquen solo una, y las que necesitan de un año de descanso.

A la cuarta respondieron, que en el término de este Lugar hay solo las especies de tierra de secano consistente en labrantío la mayor parte; la que es de sembradura para trigo, centeno en seco y verde, algunas garrovas, garvanzos y cevada aunque su común y regular producción es solo trigo y zenteno, alguna otra porción de pastos a si privativos de los vecinos como en común aprovechamiento, y de los particulares, hacendados forasteros, como … a los de los Lugares de Barquilla, Sexmiro, y Lugar de dehesa de Hurtada, y un poco de monte de encina de ninguna sustancia, que solo sirve para el abrigo de los ganados. Que en cuanto a su modo de producción, en la tierra labrantía, que se halla dividida en tres hojas, que son la llamada de las Tahonas, Valde espino y las Veguillas se siembran y fructifican alternando entre si una de tres, descansando dos, trigo y zenteno, que es su común y general producción, pues aunque algunos años se siembra y produce zevada, y otras semillas es por boluntaria y regular variación de sus Dueños, y lo mismo, si en algún año de intermedio produce garrovas, lo que ….. , de sustancia y minoración del fruto de trigo y zenteno que al siguiente año de su alternación debía dar, por lo que no hace considerar de lo uno ni otro. Que las cortinas que se siembran para verde, que son las del Casco del Lugar le producen todos los años, y la de Pastos sin ….. ; … la tierra inútil y lo mismo del monte de encina por lo que llevan dicho.

5.- De quantas calidades de Tierra hay en cada una de las especies, que hayan declarado, si de buena, mediana o inferior.

A la quinta respondieron, que las especies de tierra que llevan declaradas hay las calidades a saber, tres en la de trigo, buena, mediana e inferior. Igual en la de zenteno para seco. Dos en la que se siembra para herren, que son buena y mediana. Y cuatro en la de pastos, buena, mediana, inferior e inútil por naturaleza; y que no se la regulan a la del corto monte por lo que tienen declarado en la antecedente.

6.- Si hay algun Plantio de Arboles en las Tierras, que han declarado, como Frutales, Moreras, Olivos, Higueras, Almendros, Parras, Algarrobos, etc.

A la sexta respondieron; que solo hay en el término de este Lugar, algunos Álamos Negrillos, igual de Castaños, que no producen, y el plantío de el Monte de enzina, que llevan expresado en la pregunta que antecede.

7.- En cuales de la Tierras están plantados los Arboles, que declararen.

A la séptima respondieron, que el citado monte de enzina está plantado en tierras labrantía y herial, en las hojas de Valde espino y las Veguillas.

8.- En qué conformidad están hechos los Plantíos, si extendidos en toda la Tierra, o a los margenes: en uno, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieren.

A la octava respondieron, que el Plantio de dicho Monte está extendido por el terreno sin orden, y lo mismo los cortos Álamos negrillos y Castaños

9.- De qué medidas se usa en aquel Pueblo: de quantos pasos, o varas Castellanas en quadro se compone: qué cantidad de cada especie de Granos, de los que se cogen en el Termino, se siembra cada una.

A la novena respondieron, que en este Lugar y su término no se usa de estos….. , pasos, o Varas castellanas ni otra medida. Solo si por fanegas según la práctica y conocimiento de los labradores, y por ella saben hacer tantas fanegas, conforme a la especie que se siembra y produce porque la tierra de buena calidad, y sustancia, lleva y sufre mas semilla, que la que es endeble y por consiguiente, ocupa menos terreno, que la mediana, e inferior, en atención, a que estas necesitan mas terreno para sementarse, de la misma especie, lo que queda y se reduce, a la consideración, de otros labradores, y según la misma, ya lo que están por ella reguladas se entiende para las compras ventas particiones y demás contratos, por cuya razón, regulan, que la fanega de terrazgo, donde está el monte, ocupa veinte y dos pies de enzina.

10.- Qué numero de medida de Tierra havrá en el Termino, distinguiendo las de cada especie, y calidad: por exemplo Tantas Fanegas, ó del nombre, que tuviere la medida de Tierra de sembradura, de la mejor calidad: tantas de mediana bondad, y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies, que huvieren declarado.

A la diez respondieron, que el todo término consideran mil quinientas y nueve fanegas de tierra de todas las especies, y de ellas novecientas ochenta para trigo, y de estas, cuatrocientas y sesenta y cinco de buena calidad. Doscientas y veinte y cinco de mediana y Doscientas y noventa que restan de inferior. De zenteno doscientas y cuarenta y cinco, y de ellas ochenta de buena calidad, sesenta y cinco de mediana, y las ciento restantes de inferior. Veinte y ocho fanegas en cortinas; para herren, que lo producen todos los años; Dieciocho de buena calidad, y las diez de segunda. Las doscientas y cincuenta y seis restantes hasta el total de las mil quinientas y nueve del termino, de pastos y de estas ciento y treinta y una de buena, noventa y cinco de mediana, diez y ocho de inferior, y doce de inútil por naturaleza en cuyo número se comprenden las que ocupa el Monte de enzina que llevan declarado.

11. Qué especies de Frutos se cogen en el Termino.

A la once respondieron, que en el término de este Lugar, se coge anualmente trigo, zenteno, algunas garrobas, garbanzos y zebada.

12. Qué cantidad de Frutos de cada genero, unos años con otros, produce, con una ordinaria cultura, una medida de Tierra de cada especie, y calidad de las que huviere en el Termino, fin de comprehender el producto de los arboles que hubiese.

A la doce respondieron, que con una ordinaria cultura la fanega de trigo de buena calidad produce el año, que se siembra, siete fanegas, la mediana cinco, y la de inferior cuatro; la fanega de zenteno de buena calidad siete, la de mediana, cinco, y la de inferior cuatro; la fanega de centeno para herren regular produce y fructifica. Cada año la de buena calidad, diez y seis, y la de mediana, catorce; Que en los pastos así privativos como comunes, en caso que estos se arrendasen hallan podían producir y valer en cada un año, doce Reales la fanega de buena calidad, diez la de mediana, seis la de inferior y nada los de la tierra inútil por naturaleza.

13. Qué producto se regula darán por medida de Tierra los Arboles que huviere, según la forma, en que estuviese hecho el Plantío, cada uno en su especie.

A la trece respondieron, que el monte de enzina no le consideran produce fruto alguno, por no llegar este a sazón y en cuanto a su pasto por lo que dice …. hacen la misma regulación que en la antecedente.

14. Qué valor tienen ordinariamente un año con otro los Frutos, que producen las Tierras del Termino, cada calidad de ellos.

A la catorce respondieron, que el valor que tienen los frutos que produce anualmente el término del Lugar y serian en el por un quinquenio son a saber la fanega de trigo quince reales de vellón y la de zenteno y cevada diez, la de garrovas ocho y la de garbanzos veinte y seis, un cordero seis reales, un cavrito lo mismo, la arrova de lana veinte y seis, la de queso veinte, y al respecto por libras; Un vecerro llegando a diez …. cuarenta y cuatro, un potro lechón sesenta y seis, una mula lechuza trescientos reales, un cántaro de miel treinta y dos, y una libra de cera en rama seis.

15.- Que derechos se hallan impuestos sobre las Tierras del Termino, como Diezmo, Primicia, Tercio-Diezmo, ú otros, y a quien pertenecen.

A la quince respondieron, que sobre las tierras y heredades consistentes en el término de este Lugar hay impuestos y se pagan a Dios nuestro señor Diezmos y Primicias de todas las semillas, esquilmos, frutos y crías de ganados. De diez una, y de cinco media. Los vecerros, potros y mulas de diez uno, y en no llegando, se pagan por cada uno diez maravedies de …. del ganado lanar, cabrio, de cerda, y pollos de diez uno, y no llegando, nada. De lana en vellón de diez uno y de cinco medio. Y de el queso lo mismo. Las primicias se pagan en cada semilla que coge el labrador, llegando a ocho fanegas, media y no llegando nada; del queso también se paga primicia, y por ella, uno de todos los que se hacen. El Botto de S. Santiago media fanega de la mejor semilla y esta se adeuda llegando a primicia. Que los diezmos entran en la cilla y acervo común de este Lugar a excepción de los privativos, que abajo se harán mención y de ellos pervive el Prestamo, que goza don Joseph Tellez, Presbítero vezino de la Puebla de Montalbán Arzobispo de la ciudad de Toledo tres partes de nueve, y fanega y media de mediduras de cada montón llegando a ocho fanegas, y del importe de dichos tres novenos paga rediezmo a don Francisco Zuñiga, dignidad y Arcediano de ….la Iglesia Catedral, de la expresada ciudad de Ciudad Rodrigo. Dos partes a veneficio curado de este dicho Lugar que posee don Juan Lucas de Texeda beneficiado rector de la Parroquia de una parte la media ración que goza el Cavildo, de dicha nuestra Iglesia. Y las otras restantes, llevan dos las tercias Reales y la otra la fabrica de la Iglesia Parroquial de este nominado Lugar. Y estos dos últimos interesados pagan sueldo a ….. tres fanegas, una de trigo, otra de zenteno, y otra de zebada, al Arcediano titular de la citada Santa Iglesia por razón de Pilas, que posee don Ignacio Martínez de Villela, y en defecto de zenteno, o zebada, se paga en trigo. Y que además de lo referido de la parte de otras tercias Reales, se pagan ocho zelemines de trigo, del Combento de religiosas de Santa Clara de la mencionada Ciudad, por el privilegio de Ochavas: Que las primicias se hacen tres partes, y de estas lleva una dicho prestamo, y de las dos restantes se hacen tres, percibiendo dos el referido dicho Beneficio Curado, y la otra la media ración, que goza la citada Santa Iglesia. Al tercero cogedor de Diezmos por su trabajo se le dan tres fanegas, trigo zenteno y garrobas; una de cada especie por la renta de la Panera Casa de cilla, tres fanegas de trigo, y de ….. dos y media de la misma semilla, y a la parte del Concejo, dos de esta especie, y seis corderos por razón de Cabrillas. Y a la persona que mide la cilla una fanega de trigo. Que los Diezmos de las heredades que pertenecen a la fabrica de la Iglesia de este expresado Lugar, Cofradía del Santisimo, y la de Animas son Privativos de dicho Beneficio Curado, y lo mismo los de los Mozos solteros, que llaman alvarranes. Que también pertenecen a Vuestra Alteza (Dios le Guarde) los Diezmos de la primera Casa Dezmera, que al presente no hay nombrada en virtud de concordia que tienen hecha las Santas Iglesias. Que asimismo lleva dicho Beneficio Curado privativamente las Primicias de la segunda Casa Dezmera, que reguladas por un quinquenio suman, media fanega de trigo, media de zenteno, y media de garrobas y dos libras de queso. A los diezmos de esta los percibe la fabrica de la Santa Iglesia Catedral de dicha Ciudad. Y asimismo pagan los labradores y senareros de este dicho Lugar, al año de Junterías a la citada Ciudad, que son ocho celemines de trigo, una fanega de zenteno en el caso de no haber zebada lo que conducen a la misma ciudad y no saben si el referido año es razón de suelo o por otro motivo.

16.- A qué cantidad de Frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie; o á qué precio suelen arrendarse un año con otro.

A la diez y seis respondieron, que los Diezmos y Primicias del término de este Lugar les parece pueden ascender en cada un año a doscientas cuarenta y seis fanegas de trigo, ciento y veinte y cuatro de zenteno, fanega y media de zebada, cincuenta de garrobas, y una de garbanzos, veinte y ocho corderos, doce arrobas de lana, una arroba de queso, de … , y algunos menudos que se venden, quince reales de vellón. Y por lo que mira, a Diezmos. De fuera parte, no sean …… , al acervo Común de la cilla de este expresado Lugar. Y los privativos, que lleva el citado Beneficiado por razón de las propiedades que tiene la fabrica de esta su Iglesia y cofradías, pueden sumar seis fanegas de trigo, tres de centeno, y fanega y media de garrobas, Incluso lo que percibe de los mozos alvarranes lo que constara por la …. que hubiese dado dicho Beneficiado, a que se remiten. Que el Diezmo del escusado de esta Santa Iglesia de la sita Ciudad les parece puede ascender a veinte fanegas de trigo, cuatro de zenteno, dos de garrobas, tres zelemines de garbanzos, ocho corderos, tres arrobas de lana, seis libras de queso, y dos cerdos, regulado por quinquenio. Que el Diezmo de los frutos, que producen las heredades que en el término de este Lugar goza el referido convento de Santa Clara de esta Ciudad que privativamente percibe les parece pueden sumar en el mismo, quinquenio, seis fanegas de trigo, y tres de zenteno. Y por lo que dice del Boto de Santiago les parece puede importar cada año, nueve fanegas de trigo y una de zenteno por los labradores y senareros que hay en nuestro Lugar. Y el año de junterías puede ascender cada año a ocho fanegas y ocho zelemines de trigo y trece fanegas de zenteno.

17.- Si hay algunas Minas, Salinas, Molinos Harineros, ú de Papel, Batanes, ú otros Artefactos en el Termino, distinguiendo de qué metales, y de qué uso, explicando sus dueños, y lo que se regula produce cada uno de utilidad al año.

A la diez y siete respondieron, no hay en este Lugar lo que la pregunta expresa.

18.- Si hay algún esquileo en el Termino, a quien pertenece, qué numero de Ganado viene al Esquileo á él, y que utilidad se regula dá a su Dueño cada año.

A la diez y ocho respondieron, que en este término de nuestro Lugar no hay esquilmo alguno de lo que se refiere, porque las cabezas lanar, que hay en él las esquilan los dueños en sus casas.

19.- Si hay Colmenas en el Termino, quantas, y á quien pertenece.

A la diez y nueve respondieron, hay en el término cinco pies de colmenas, que pertenecen a Ignacio Sánchez vecino de este Lugar.

20.- De qué especies de Ganado hay en el Pueblo, y Termino, excluyendo las Mulas de Coche, y Cavallo de Regalo, y si algun vecino tiene Cabaña, ó Yeguada, que pasta fuera del Termino, donde y de qué numero de Cabezas, explicando el nombre del Dueño.

A la veinte respondieron, que en el término de este Lugar hay las especies de ganados a saber, bueyes, vacas, vecerros, ovejas, carneros, corderos, cabras, chivos, yeguas, potros, mulas, jumentas, jumentos, y ganado de cerda, que todos pertenecen a los vecinos. De cuyo número no pueden expresar del tipo por lo que se remiten a las relaciones, que tienen dadas sus dueños. Y otros ganados pastan en este término, y en los de los Lugares comuneros sin que les sea posible regular el tiempo que se mantienen fuera de este, porque cada uno saca los suyos según y como les parece y pide la necesidad.

21.- De qué numero de Vecinos se compone la Población, y quantos en Casas de campo, o Alquerías.

A la veinte y una respondieron, que número de vecinos de que se compone, este pueblo, es el de treinta y cinco, incluidas tres viudas.

22.- Quantas Casas havrá en el Pueblo, qué numero de inhabitables, quantas arruinadas; y si es de Señorío, explicar si tienen cada una alguna carga, que pague al Dueño, por el establecimiento del suelo y quanto.

A la veinte y dos respondieron, que en este dicho Lugar hay treinta casas con morador, tres sin él, en que se incluye la del concejo, dos arruinadas y dos Pajares.

23.- Qué Propios tiene el Comun, y a que asciende su producto al año, de que se deberá pedir justificación.

A la veinte y tres respondieron, que este expresado Lugar, tiene de propios, la casa en que se celebran sus concejos, y un corral donde se encierra el ganado, que hace daño que no le produce renta alguna. El monte de enzina que llevan declarado, que por aprovechar sus pastos los vecinos en común aprovechamiento, y ser el monte inútil igualmente, no les …., y treinta y seis fanegas de tierra, para trigo y zenteno de secano, que producen un año de tres y vale anualmente ciento y ochenta reales de vellón como mas bien constaría de la relación dada a la Justicia a que se remiten.

24.- Si el Comun disfruta algun Arbitrio, Silla, ú otra cosa, de que se deberá pedir la concesión, quedandose con Copia, que acompañe estas Diligencias: Que cantidad produce cada uno al año: a qué fin se concedió, sobre que especies, para conocer si es temporal, ó perpetuo, y si su producto cubre, o excede de su aplicación.

A la veinte y cuatro respondieron, que este Lugar no ha usado ni usa de arbitrios ni otros efectos con facultad Real ni similar.

25.- Qué gastos debe satisfacer el Comun, como Salario de Justicia, y Regidores, Fiestas de Corpus, ú otras: Empedrado, Fuentes, Sirvientes, de que se deberá pedir Relación autentica.

A la veinte y cinco respondieron, que el Común de este Lugar tiene de Gastos y paga en cada un año trescientos y ochenta reales de vellón en corta diferencia. Que lo son por la composición de fuentes, limosna de PREDICADOR, Misas de los buenos temporales, y otros que constaran por menor de la relación que hubiese dado la Justicia a que se refieren.

26.- Qué cargos de Justicia tiene el Comun: como censos, que responda, u otros, su importe, por qué motivo, y a quien, de que se deberá pedir puntual noticia.

A la veinte y seis respondieron, que en este Lugar no hay cosa alguna de lo que la pregunta contiene.

27.- Si está cargado de servicio Ordinario, y Extraordinario, ú otros, de que igualmente se debe pedir individual razon.

A la veinte y siete respondieron, que este referido Lugar, paga anualmente a su Alteza (Dios le Guarde) treinta y tres reales y treinta maravedíes de vellón de servicio ordinario y extraordinario y quince a el Millar, lo que hará constar a la Justicia Real por su certificación a la que se remiten.

28.- Si hay algun empleo, Alcavalas, u otras Rentas enagenadas: quien; si fue por servicio Pecuniario, u otro motivo, de quanto fué, y lo que produce cada uno al año, de que deberán pedir los Títulos, y quedarse con copia.

A la veinte y ocho respondieron, que en este mismo Lugar no hay lo que la pregunta contiene.

29.- Quantas Tabernas, Mesones, Tiendas, Panaderias, Carnicerias, Puentes, Barcas sobre Rios, Mercados, Ferias, etc, hay en la Poblacion, y Termino, a quien pertenecen, y qué utilidad se regula pueda dar al año cada uno.

A la veinte y nueve respondieron, que en este Lugar, solo hay una taberna, que al presente la tiene Gregorio García vezino de la villa de Villamiel, y se la sirve en su casa María Blanco, mujer de Juan Pérez vezino del Lugar y Dehesa de Hurtada.

30.- Si hay Hospitales, de qué calidad, qué Renta tienen, y de qué se mantienen.

A la treinta respondieron, que no hay en este Lugar lo que la pregunta expresa.

31.- Si hay Cambista, Mercader de por mayor, ó quien beneficie su caudal, por mano de Corredor, u otra persona, con lucro o interés; y que utilidad se considera le puede resultar a cada uno al año.

A la treinta y una respondieron lo mismo, que en la antecedente.

32.- Si en el Pueblo hay algun Tendero de Paños, Ropas de Oro, Plata, y Seda, Lienzos, Especería, u otras Mercadurías, Medicos, Cirujanos, Boticarios, Escrivanos, arrieros, etc, y qué ganancia se regula puede tener cada uno al año.

A la treinta y dos respondieron, que solo hay en este Lugar un barvero y este gana, cuatrocientos y veinte reales de vellón en cada un año, que le regulan por el trigo y zenteno. En que esta igualado y por los emolumentos de salidas le consideran trescientos reales de vellón, que juntos con lo de arriba suman setecientos y veinte. Que así mismo hay un fiel de fechas del que se consideran gana a el año sesenta reales de vellón por su salario y demás …, que como a tal le pertenecen.

33.- Qué ocupaciones de Artes macanicos hay en el Pueblo, con distincion, como Albañiles, Canteros, Albeytares, Herreros, Sogueros, Zapateros, Sastres, Perayres, Texedores, Sombrereros, Manguiteros, y Guanteros, etc. explicando en cada oficio de los que huviere el numero que haya de Maestros, Oficiales, y Aprendices; y que utilidad le puede resultar, trabajando meramente de su Oficio, al dia a cada uno.

A la treinta y tres respondieron, que en este mencionado Lugar, hay un herrero y este se ocupa al año ciento y ochenta días, y le regulan en cada uno de ellos tres reales de vellón. Y un Zapatero que le consideran por los mismos ciento y ochenta días al respecto cada uno de dos reales y medio. Y que no hay lo demás que la pregunta expresa.

34.- Si hay entre los Artistas alguno, que teniendo caudal, haga prevencion de materiales correspondientes a su propio Oficio, ó a otros, para vender á los demás, ó hiciere algun otro Comercio, ó entrase en Arrendamientos; explicar quienes, y la utilidad, que consideren le puede quedar al año á cada uno de los que huviese.

A la treinta y cuatro respondieron, no haber en este mismo Lugar lo que la pregunta contiene.

35.- Qué numero de jornaleros havrá en el Pueblo, y á como se paga el jornal diario a cada uno.

A la treinta y cinco respondieron, que en este expresado Lugar hay dos jornaleros, que únicamente viven de trabajar a jornal y a cada uno le regulan, se ocupa ciento y ochenta días al respecto cada uno de dos reales de vellón y a esta misma regulación estiman el correspondiente a veinte labradores en cuyo numero se incluyen dos senareros que hay en el dicho Lugar que tienen yunta por los otros ciento y ochenta días.

36.- Quantos pobres de solemnidad habrá en la Poblacion.

A la treinta y seis respondieron, que en este dicho Lugar hay solo dos pobres de solemnidad.

37.- Si hay algunos Individuos, que tengan Embarcaciones, que naveguen en la Mar, ó Rios, su porte, ó para pescar: quantas, á quien pertenecen, y que utilidad se considera dá cada una a su Dueño al año.

A la treinta y siete respondieron, no hay cosa alguna de lo que la pregunta contiene.

38.- Quantos Clerigos hay en el pueblo.

A la treinta y ocho respondieron, que solo hay en este Lugar un sacerdote que lo es don Juan Lucas de Texeda beneficiado rector de la Iglesia Parroquial de él.

39.- Si hay algunos Conventos, de qué Religiosos, y sexo, y qué numero de cada uno.

40.- Si el Rey tiene en el Termino, ó Pueblo alguna Finca, ó Renta, que no corresponda á las Generales, ni a las Provinciales, que deben extinguirse: quales son, cómo se administran, y quanto producen.

A la treinta y nueve y cuarenta respondieron, no haber en este Pueblo lo que en ellas se expresan.

Todo lo cual la referida Justicia, peritos y fiel de fechas dijeron ser la verdad, según su leal saber y entender en lo que se afirman y ratifican bajo el juramento que tienen hecho habiéndoseles leído estas diligencias, y lo firmaron los que supieron con su mano y por los que no a su ruego un testigo que lo fue Sebastián Morín vezino de este Lugar, de que yo el SSno. doy fe=

Firmas de: Francisco Vázquez, Juan Sánchez, Francisco Arruego, Sebastián Morín, Juan Hernández, Sebastián Calleja, Ante mi, Bizente García y ….. 

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