Calculadora de Impuesto de Plusvalía Municipal 2024
Fuentes: Normativa estatal y municipal
Usada 8.443 veces desde el 15/1/2024.
a) Si necesita cálculos concretos, aclarar algún aspecto, etc. pregúntenos por email a syd.calculadora@gmail.com y a cambio de unos euros (entre 2 y 25) le responderemos.
b) Se agradece su colaboración enviando unos euros por Bizum al 693_34_69_87 como ayuda a su mantenimiento.
c) En pruebas. Si detecta algún error o tiene alguna sugerencia, comuníquenosla a: syd.calculadora@gmail.com
Esta página calcula el Impuesto de Plusvalía Municipal en capitales de provincia y poblaciones de más de 100.000 habitantes, utilizando la normativa de cada una de ellas. Para el resto de poblaciones (**Otros**) presenta un valor máximo.
El cálculo se realiza por los dos métodos en vigor y marca con verde el más favorable para el contribuyente.
Resultados:
Total a Ingresar | |
Por Plusvalía Real: | € |
Por Sistema Objetivo | % |
Base Imponible | |
Por Plusvalía Real: | € |
Por Sistema Objetivo: | € |
Datos | |
Cuota | |
Años | |
Meses si menos de 1 año | |
% Suelo | |
Coeficiente | |
Municipio | |
Valor Transmisión | |
Valor Adquisición | |
Valor Catrastal Suelo |
Notas Operativas:
- La calculadora no tiene en cuenta las reducciones / bonificaciones establecidas por algunos municipios. La mayoría de ellos tienen bonificaciones importantes en el caso de heredar la vivienda habitual del fallecido, cuando el heredero es cónyuge, descendiente o ascendiente. Puede consultarnos al email: syd.calculadora@gmail.com
- Desde 2021 hay dos métodos para calcular el impuesto de plusvalía. La calculadora presenta el resultado de cada uno de ellos y marca en verde el más favorable para el contribuyente.
- Valores de Municipio:
- Si selecciona una ciudad de las presentadas, en el desplegable "Municipio", la calculadora implementa la normativa de dicha ciudad y el impuesto calculado es el suyo. Se incluyen las capitales de provincia y las poblaciones con más de 100.000 habitantes. Faltan Getafe, Baracaldo, San Cristobal de la Laguna, Huelva y Telde por no haber encontrado normativa reciente de las mismas.
- Si selecciona "Otros", la calculadora aplica la normativa estatal y el resultado es el impuesto máximo para cualquier municipio no contemplado. Ese máximo es el valor exacto en aquellos municipios que aplican los parámetros estatales.
- Valor y Fecha de Transmisión. Son los que vaya a poner en la escritura de venta, donación o herencia.
- Valor y Fecha de Adquisición. Coja los que figuran en la escritura de adquisición.
- Valores Catastrales. Coja los que figuran en el ultimo recibo del IBI.
Notas sobre este Impuesto:
- La plusvalía municipal es como se conoce al “Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, IIVTNU". Se trata de un impuesto municipal que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana en el momento en el que se transmiten.
- Conviene destacar que el gravamen surge con la trasmisión (vende, hereda o dona) de los terrenos, haya o no edificación en ellos. Por eso, cuando se trata de la transmisión de una vivienda, lo que se grava es la transmisión del terreno sobre el que está construida y no la edificación en sí.
- En los casos de venta de un inmueble o donación, el plazo de presentación es de 30 días hábiles desde la fecha de venta o donación y de 6 meses si se trata de una herencia.
- Lo normal es que este impuesto lo pague el vendedor, el donatario o el heredero.
- Algunos Ayuntamientos tienen bonificaciones de hasta el 95% de la cuota del impuesto, en herencias en línea directa (cónyuge, descendientes y ascendientes). La calculadora no las contempla.
- A fecha de 28/12/2023, en España existen 8.131 municipios. No nos es posible ajustar esta calculadora a la normativa de cada uno de ellos. En consecuencia, la cantidad a pagar al seleccionar "Otros" en municipio, es el valor máximo de dicho impuesto. El valor real puede ser inferior, incluso no existir.
- Hay situaciones exentas, como las “ejecuciones judiciales o notariales” y otras no sujetas a este impuesto, como entre cónyuges o a favor hijos en cumplimiento sentencias de nulidad, separación o divorcio.
- Las Diputaciones provinciales gestionan este impuesto a los municipios pequeños y no tan pequeños de su provincia. Aplican la normativa aprobada por cada uno de ellos. Los grandes lo gestionan ellos mismos.
- Cada año, el Estado aprueba los coeficientes máximos que se aplican al cálculo de la plusvalía municipal. Cada Ayuntamiento puede tener coeficientes inferiores, pero no mayores. Cada Ayuntamiento puede aprobar modificaciones a la baja de este impuesto. El País Vasco y Navarra van por libre y no están sujetos a esa normativa estatal.
- Desde 2021 existen dos métodos para calcular este impuesto. Dependiendo de los valores de cada caso concreto, el más favorable puede ser uno u otro. El contribuyente elegirá el que más le favorezca. Los métodos son:
- Por Plusvalía Real. Este método parte de las Ganancias obtenidas entre el valor de transmisión y el de adquisición.
- Por Sistema Objetivo. Este parte del valor catastral del suelo
en el momento de la transmisión del inmueble.
- Este método usa unos coeficientes, que dependen de los años que se ha sido propietario. A finales de cada año, el Estado aprueba los coeficientes máximos para el siguiente año. Los municipios pueden aplicar esos u otros inferiores. Por ejemplo, para un periodo de 5 años el coeficiente máximo durante 2024 es 0,18, mientras que el Ayuntamiento de Zaragoza ha aprobado 0,17. La calculadora usa 0,17 para la ciudad de Zaragoza
- Los valores de transmisión y adquisición serán los que figuren en escrituras. En la transmisión, el valor en escritura no podrá ser inferior al valor de referencia fijado por el Catastro.
- Las plusvalías generadas en menos de un año también tributan.