Evolución de las tarifas eléctricas
Fuentes: Eurostat, REE, CNMV, Iberdrola, etc. (actualizado el 1/3/2023)
Índice:
- Comparativa de la evolución del precio de la electricidad en varios países europeos
- Sistema actual. Desde el 1/6/2021
- ¿Que tarifa eléctrica puede contratar un consumidor domestico?
- ¿Como averiguar el consumo de electricidad por horas?
- Sistemas de Tarifas anteriores
- Desglose de una factura eléctrica anterior al 1/6/2021
- Qué cosas no aparecen en la factura eléctrica.
- Evolución
de tarifas anteriores sin impuestos
- Sistema hasta junio de 2021
- Sistemas Anteriores
- Viviendas Normales
- Viviendas con Tarifa Nocturna
- Enlaces
1.- Comparativa de la evolución del precio de la electricidad en varios países europeos, según Eurostat. (Nota 1) (subir) ,
En 2007 Eurostat modificó la metodología de elaboración del precio de la electricidad. Entre otras cosas definió, en función del consumo anual de electricidad, 5 tipos de consumidores Domésticos y 7 Industriales.
Los 5 tipos de Consumidores Domésticos son:
- Banda-DA (Muy pequeña): consumo anual inferior a 1.000 kWh
- Banda-DB (Small): consumo anual entre 1.000 y 2.500 kWh
- Banda-DC (Media): consumo anual entre 2.500 y 5.000 kWh
- Banda-DD (Large): consumo anual entre 5.000 y 15.000 kWh
- Banda-DE (Muy grande): consumo anual superior a 15.000 kWh
Los 7 tipos de Consumidores Industriales son:
- Banda-IA: consumo anual por debajo de 20 MWh
- Banda-IB: consumo anual entre 20 y 500 MWh
- Banda-IC: consumo anual entre 500 y 2.000 MWh
- Banda-ID: consumo anual entre 2.000 y 20.000 MWh
- Banda-IE: consumo anual entre 20.000 y 70. 000 MWh
- Banda-IF: consumo anual entre 70.000 y 150.000 MWh
- Banda-IG: consumo anual superior a 150.000 MWh (reportado de forma voluntaria)
1.1.- Para el consumidor INDUSTRIAL.(subir)
El gráfico siguiente correspondiente a un consumidor Industrial medio (Banda-IC).
Entre 2007 y 2011 Zapatero ha incrementado el precio de la electricidad, para consumo INDUSTRIAL, en un 23 %.
Durante los años de gobierno de Rajoy el precio se mantuvo inicialmente y luego dismiyó. Con Pedro Sánchez el precio se dispara a partir de 2021. En Francia, Alemania y Portugal se mantienen.
Francia es el país con menores precios debido a que la mayor parte de su energía eléctrica es de origen nuclear.
1.2.- Para el consumidor DOMÉSTICO. (subir)
El gráfico siguiente correspondiente a un consumidor Doméstico medio (Banda-DC).
Entre 2007 y 2011 Zapatero incrementó el precio de la electricidad, para consumo DOMÉSTICO, en un 50 %. Hemos pasó de ser uno de los países europeos con la electricidad mas barata a más cara.
Durante los años de gobierno de Rajoy el precio se ha incrementado ligeramente y con Pedro Sánchez descendió en 2019 y se dispara en 2021 y 2022. Lo último no ocurre en Francia, Alemania y Portugal.
Francia es el país con menores precios debido a que la mayor parte de su energía eléctrica es de origen nuclear.
2.- Sistema actual. Desde el 1/6/2021
Actualmente cada empresa comercializadora de electricidad tiene un conjunto de tarifas con las que trata de conseguir clientes. Son las tarifas del mercado libre. Son tarifas fijas que se caracterizan por no estar influenciadas por el precio diario de la electricidad.
Por otra parte, están los consumidores que tienen contratada una tarifa PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor) o de último recurso (TUR). Esta tarifa varia de un día a otro y de una hora a otra.
Todo lo de este apartado solo afecta a la tarifa PVPC y no a los consumidores que tienen contratada una tarifa del mercado libre con su comercializadora (Iberdrola, Endesa, …)
El sistema actual de tarifas eléctricas entró en vigor el 1/6/2021.
Con este sistema el recibo de la luz es más complejo que nunca. La mayor parte de las personas no lograrán entenderlo y mucho menos conseguirán sacar consecuencias comparando varios recibos.
Los cambios afectan directamente a las tarifas del mercado regulado (PVPC) pero, también terminarán afectando a las del mercado libre ya que, entre otras cosas, esta remodelación modifica el modo de calcular los peajes.
El objetivo del Gobierno es abaratar los costes fijos, los que se pagan por la potencia contratada, y encarecer el precio del kWh de energía, con el fin de conseguir un ahorro energético incentivando un consumo más responsable y eficiente.
Para potencias inferiores a 15 kW existirá una única tarifa, la 2.0TD que sustituye a las seis anteriores 2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA, 2.1DHS.
Esta nueva tarifa tiene 3 periodos de energía (punta -la más cara-, llana – la intermedia- y valle – la más barata-) y 2 de potencia (punta y valle). En el anterior sistema había un único periodo de potencia y en energía 1, 2 o 3; cada cliente contrataba los periodos que más le interesaban.
En las nuevas facturas se distingue entre peajes y cargos:
- Peajes de acceso: son los costes de las redes de transporte y distribución que dependen de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Por ejemplo, las torres eléctricas o los cables subterráneos.
- Cargos: son el resto de costes regulados del sistema eléctrico, como las denominadas primas RECORE (costes de renovables, cogeneración y residuos), la cobertura del déficit de años anteriores y el sobrecoste de la generación en territorios no peninsulares. Dependen del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Respecto al consumo de energía existen los tres periodos siguientes. Resaltar que no hay un precio fijo en cada uno de ellos. El precio resultante es mezcla de varios conceptos. Algunos de ellos son fijados por el gobierno pero otros dependen de la oferta y la demanda en cada hora. Esto implica que el precio de 1 kWh consumido el día 10, de 11 a 12, no tiene porque ser igual al precio del día siguiente en esa misma hora.
Dicho de otra manera, aunque todos los meses consumiésemos los
mismos kWh (por ejemplo 200), el importe de la factura mensual sería distinto,
porque el precio resultante en cada hora de cada día es diferente y no
está establecido. Además, cuanto más consumamos en periodo punta mayor
será la factura y cuanto mayor sea el consumo en perido valle menos pagaremos.
Periodo | Laborables | Sábados, Domingos y Festivos nacionales | |
Punta | más caro | de 10 a 14 y de 18 a 22 | ---- |
Llano | intermedio | de 8 a 10, de 14 a 18 y de 22 a 24 | ---- |
Valle | más barato | de 0 a 8 | de 0 a 24 |
En base a lo anterior una familia que tratará de pagar lo menos posible desviaría los consumos a horas del periodo Valle y en segundo lugar a horas del Llano. Aún así, haciendo esto no siempre lo haría bien, ya que una parte del precio depende del precio alcanzado en la subasta diaria. El 2/10/2021, según puede observarse en el gráfico siguiente, las horas más caras son las del periodo Valle y las más baratas las del Llano de la tarde. Este día nos habría interesado poner la lavadora entre las 15 y las 17, que fueron las horas más baratas.
En Potencia existen dos periodos (no tres) diarios en los que podemos tener contratada distintas potencias. Son los siguientes.
Hasta ahora lo normal es tener contratado un valor de potencia. Dudo que sean muchas las familias que hagan el ejercicio de averiguar la potencia que necesitan en cada uno de los dos periodos (punta y valle) y a continuación contraten esos dos valores. Al final todos seguiremos con la potencia que teniamos contratada y que se aplicará a ambos periodos.
Dos casos concretos en los que merece la pena contratar distintas potencias, es si se tiene coche eléctrico y se carga en casa y si se tiene un sistema de calefación a base de acumuladores. En ambos casos merece la pena contratar una potencia superior en el periodo valle para poder cargar el coche o los acumuladores durante la noche. Una trastada del gobierno en este cambio es que ha reducido el número de horas "nocturnas" de 14 a 8. Lo cul implica que los acumuladores o el coche disponen de 8 horas para cargarse y no de 14. Ver apartado Tarifas para vivienda con calefacción eléctrica por acumuladores
Periodo | Laborables | Sábados, Domingos y Festivos nacionales | |
Punta | más caro | de 8 a 24 | ---- |
Valle | más barato | de 0 a 8 | de 0 a 24 |
Para complicar más el tema de las tarifas eléctricas, el decreto establece 4 temporadas eléctricas según la zona geográfica con un precio diferente cada una (ALTA, MEDIA-ALTA, MEDIA y BAJA) y Cinco calificaciones energéticas para los días de la semana (A, B, B1, C y D).
Península | Canarias | Baleares | Ceuta | Melilla | |
enero | Alta | Media | Media | Alta | Alta |
febrero | Alta | Media | Media | Alta | Media-Alta |
marzo | Media-Alta | Media | Baja | Media | Baja |
abril | Baja | Baja | Baja | Baja | Baja |
mayo | Baja | Baja | Media-Alta | Baja | Baja |
junio | Media | Baja | Alta | Baja | Media |
julio | Alta | Alta | Alta | Media-Alta | Alta |
agosto | Media | Alta | Alta | Alta | Alta |
septiembre | Media | Alta | Alta | Alta | Alta |
octubre | Baja | Alta | Media-Alta | Media-Alta | Media |
noviembre | Media-Alta | Media-Alta | Baja | Media | Media |
diciembre | Alta | Media-Alta | Media | Media | Media-Alta |
Temporada | Lunes a Viernes | Sábados, Domingos y Festivos |
Alta | A | D |
Media-Alta | B | D |
Media | B1 | D |
Baja | C | D |
Con todo ello resultan 6 periodos de energía (P1 el más caro y p6 el más barato).
Laborables | Sáb., Dom. Y Festivos | ||||||
horas | 0 a 8 | 8 a 9 | 9 a 14 | 14 a 18 | 18 a 22 | 22 a 24 | 0 a 24 |
enero | P6 | P2 | P1 | P2 | P1 | P2 | P6 |
febrero | P6 | P2 | P1 | P2 | P1 | P2 | P6 |
marzo | P6 | P3 | P2 | P3 | P2 | P3 | P6 |
abril | P6 | P5 | P4 | P5 | P4 | P5 | P6 |
mayo | P6 | P5 | P4 | P5 | P4 | P5 | P6 |
junio | P6 | P4 | P3 | P4 | P3 | P4 | P6 |
julio | P6 | P2 | P1 | P2 | P1 | P2 | P6 |
agosto | P6 | P4 | P3 | P4 | P3 | P3 | P6 |
septiembre | P6 | P4 | P3 | P4 | P3 | P3 | P6 |
octubre | P6 | P5 | P4 | P5 | P4 | P4 | P6 |
noviembre | P6 | P3 | P2 | P3 | P2 | P2 | P6 |
diciembre | P6 | P2 | P1 | P2 | P1 | P1 | P6 |
En resumen, este cambio de tarifa hace que todo sea más complicado
2.1.- Evolución del gasto en electricidad con la nueva tarifa (2.0TD) para una familia concreta
Los gráficos de energía de este apartado corresponden al consumo de una familia concreta. Como se ha dicho anteriormente, una parte del precio del kWh consumido varia de una hora a otra y de un día al siguiente. El precio de ese kWh depende de en qué hora se ha consumido. También depende del mes en que estamos y de si es la península o las islas.
Con el objetivo de disminuir el aumento de la factura eléctrica, el gobierno bajó el IVA del 21 al 10% para el periodo junio – diciembre 2021. No afectará a todos los usuarios, sino solo a los consumidores individuales con una potencia contratada de hasta 10 kW. El gobierno también ha bajado el impuesto a la electricidad de un 5,1% a un 0,5% para el periodo septiembre – diciembre 2021. Con posterioridad el Gobierno ha prorrogado dichas bajadas hasta el 31 de diciembre de 2023.
El siguiente gráfico presenta la evolución, desde junio -2021, de los diversos factores que integran la parte de energía del recibo eléctrico. Sobre el mismo señalar lo siguiente:
- Los valores son CON impuestos, para reflejar la influencia de la modificación de los mismos.
- La diferencia entre Punta y Llano es pequeña y de solo un 7,5% en diciembre – 2021 y de un 26% entre Llano y Valle en dicho mes.
- El precio más alto se alcanzó en septiembre de 2022 y los valores en los 3 periodos fueron similares. Desde ese mes los precios han bajado a menos de la mitad.
kW Consumidos en el mes | Tarifa Euros / kWh | Importe Euros en mes | ||
Punta | Peaje | 52 | 0,027378 | 1,423656 |
Cargos | 0,10574 | 5,49848 | ||
Coste | 0,107724 | 5,601648 | ||
Total Punta | 12,523784 | |||
Llano | Peaje | 63 | 0,020624 | 1,299312 |
Cargos | 0,021148 | 1,332324 | ||
Coste | 0,103316 | 6,508908 | ||
Total Llano | 9,140544 | |||
Valle | Peaje | 106 | 0,000714 | 0,075684 |
Cargos | 0,005287 | 0,560422 | ||
Coste | 0,09761 | 10,34666 | ||
Total Valle | 10,982766 | |||
Total importe Energía | 32,647094 | |||
Impuesto a la Electricidad | 5,11269632 % |
1,669147 | ||
IVA | 10% | 3,431624 | ||
Total Energía con Impuestos | 37,747865 |
El gráfico siguiente compara una de las tarifas anteriores (2.0A) con la nueva (2.0TD) que se aplica desde junio-2021.
El precio medio del kWh consumido durante un mes depende de cada consumidor, depende de cómo distribuye cada consumidor el consumo a lo largo del día y en los distintos días. Y también depende del precio del kwh en cada hora de cada día.
En enero de 2021 el precio del kWh alcanzó un máximo. Desde febrero no para de subir. Con el nuevo sistema de tarifas, el precio del kWh (energía) continúa incrementándose hasta septiembre de 2022. Desde octubre de 2022 el precio del kWh consumido se mantiene en torno a los 20 c€/kWh.
El siguiente gráfico presenta la evolución, desde junio -2021, de los diversos factores que integran la parte de Potencia del recibo eléctrico. Sobre el mismo señalar que las variaciones de un mes a otro se deben a las modificaciones realizadas por el Gobierno.
El gráfico y la tabla siguiente permiten comparar los precios de la potencia ( €/kW y día) en los distintos periodos y conceptos en junio 2021.
Destacar que el precio del Valle es el 4,6% del Punta
kW Contratados | Días Facturados | Tarifa Euros / kW y Día | Importe mes Euros | ||
Punta | Peaje | 3,45 | 30 | 0,064301 | 6,6551535 |
Cargos | 0,019734 | 2,042469 | |||
Total Punta | 8,6976225 | ||||
Valle | Peaje | 8,05 | 30 | 0,002633 | 0,6358695 |
Cargos | 0,001269 | 0,3064635 | |||
Total Valle | 0,942333 | ||||
Total importe Potencia | 9,6399555 | ||||
Impuesto a la Electricidad | 5,11269632 % |
0,4928617 | |||
IVA | 10% | 1,0132817 | |||
Total Potencia con Impuestos | 11,1460989 |
De la tabla anterior resaltar el bajo coste del periodo Valle (0,94 € al mes) a pesar de tener contratados 8,05 kW. Los 3,45 kW del periodo punta cuestan 8,69 € al mes. En el recibo estos importes se incrementaran con los dos impuestos que se les aplican (impuesto sobre la electricidad e IVA).
Esto es importante para aquellas personas que tengan calefacción eléctrica por acumuladores, ya que durante el periodo Valle pueden contratar la potencia que necesiten, sin que ello suponga incremento de la factura. Conviene no olvidar que la energía consumida en cualquier periodo se paga y las diferencias en los periodos no son muy grandes.
El siguiente gráfico recoge la evolución del precio del término potencia, así como de la comercialización y del alquiler del equipo de medida, desde enero de 2021
Destaca la bajada del término potencia, la del IVA (del 21 al 10%) a partir del 1/6/2021 y la del Impuesto de Electricidad a partir del 1/9/2021. Se cumple así uno de los objetivos del gobierno que era disminuir el gasto por este concepto, para compensar, en parte, el incremento del término Energía.
2.2.- Componentes de la Factura de Electricidad (según la CNMV)
En grandes grupos los componentes de la factura eléctrica son los siguientes
- El coste de la energía
- Los costes regulados, que incluyen entre otros el coste de las redes de transporte y distribución, al fomento de las energías renovables, al mayor coste de producción en los sistemas no peninsulares, las anualidades para recuperar el déficit de tarifas. Estos costes se incorporan en lo que actualmente se denomina tarifa de acceso
- El margen para la comercializadora por los servicios prestados
- Alquiler del equipo de medida
- Impuestos
A continuación se detalla cada uno de los 5 componentes anteriores
Coste de la energía
- El coste de la energía que consumes, que depende fundamentalmente del precio que se fija en el mercado. El precio del mercado se determina para cada una de las horas del año a partir de las ofertas de venta de las empresas productoras de energía y las ofertas de compra de las empresas comercializadoras y consumidores.
- Además, el coste de la energía incorpora algunos conceptos
regulados:
- Pagos por capacidad: se trata de un coste regulado
cuyo objetivo es que exista más capacidad de producción de energía
de la que realmente se necesita, con objeto de asegurar el suministro
de electricidad a los consumidores.
- Se trata de un pago a las centrales que están en reserva para cuando no hay viento y/o sol. Es un coste más de las renovables. En tarifa punta es: 0,001780 * ( 1 +0,167) €/kWh
- Operador del sistema: es la retribución del agente responsable de la gestión técnica del mercado, encargado de garantizar la coincidencia de la producción de energía y el consumo en tiempo real. El operador del sistema es Red Eléctrica de España (REE)
- Operador del mercado: es el agente responsable
de la gestión económica del mercado. Su principal labor consiste
en casar las ofertas de venta y compra de energía y determinar
el precio de la energía en cada hora del día. El operador del mercado
es la Compañía Operadora del Mercado Español de Electricidad (OMEL)
- Pagos por capacidad: se trata de un coste regulado
cuyo objetivo es que exista más capacidad de producción de energía
de la que realmente se necesita, con objeto de asegurar el suministro
de electricidad a los consumidores.
Costes regulados
Actualmente los costes regulados se recuperan mediante las tarifas de acceso
- Costes de las redes de transporte y distribución: incluye con la retribución a las empresas que construyen las líneas para transportar la energía desde las centrales de producción hasta los puntos de consumo.
- Costes asociados al fomento de energías renovable es una retribución adicional a la que obtienen del mercado para incentivar la implantación de centrales de generación de energía renovable. Un coste más de las energías renovables.
- Diferencial del coste de producción en los territorios no peninsulares
- Anualidades para recuperar el déficit de ejercicios anteriores, motivado por la insuficiencia de los ingresos para cubrir los costes reconocidos. En gran parte debido a las renovables. Aqui puede leer sobre el deficit de tarifa y la deuda generada
- La CNMC es el organismo responsable de establecer la retribución
de las actividades de redes, los peajes de transporte y distribución
y de supervisar el buen funcionamiento del mercado.
Punta | Llano | Valle | |
Peaje | 0,027378 | 0,020624 | 0,000714 |
Cargos | 0,10574 | 0,021148 | 0,005287 |
Total | 0,133118 | 0,041772 | 0,006001 |
Margen de comercialización
El margen de comercialización constituye el pago a la comercializadora por los servicios que presta (como por ejemplo, por comprar la energía en el mercado para nuestro consumo, gestionar las modificaciones de potencia, emitir la factura, etc.)
El margen de comercialización:
- Precio regulado para los consumidores acogidos al PVPC y consta de un término fijo por potencia contratada y un término variable por la energía consumida
- Libremente pactado para el resto de consumidores. Normalmente está incluido en el coste de la energía.
- Actualmente es de 0,008529 €/kW y día
Alquiler de equipo de medida
Es el precio regulado cobrado a aquellos consumidores que no tengan un contador en propiedad. Actualmente es de 0,02663 €/día
Impuestos
Le energía eléctrica está sometida a varios impuestos. Dos de ellos los vemos en la factura que mensualmente nos pasa nuestra compañía. Son los siguientes:
- El impuesto sobre la electricidad (IE). Actualmente es el 5,11269632%
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Se ha bajado del 21% al 10% para el periodo junio diciembre de 2021
Hay otros impuestos que no vemos en la factura y que son:
- Impuesto a la Generación de Electricidad (IVPEE). Graba con el 7% la producción eléctrica y en consecuencia se traslada al mercado mayorista. Las compañías eléctricas lo han recurrido porque por ese mismo concepto ya pagan el IAE, pero hasta ahora la Justicia no les ha dado la razón. Este impuesto lo introdujo Rajoy en 2012.
- Impuesto de Actividades Económicas (IAE) por Producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica. Este impuesto graba lo relativo a la electricidad. Su gestión es compartida entre la Administración General del Estado y las Administraciones locales o CCAA. También se traslada al mercado mayorista. Ver Real Decreto Legislativo 1175/1990, Grupo 151. Producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica. La parte de producción se traslada al mercado mayorista.
2.3.- Precio Mercado Mayorista. (Coste de la Energía. Precios del Mercado Diario)
Antes que nada señalar que "el tope al gas", en la generación de electricidad, comenzó a aplicarse el 15/6/2022.
Como se dice en el apartado 2.2, uno de los componentes de la factura de electricidad es el “coste de la energía”. Este coste se fija en las subastas realizadas por OMIE (Operador del Mercado Ibérico), donde unos ofertan energía y otros demandan. Se conoce como Precio del Mercado Mayorista.
El precio medio del mercado mayorista en junio, tuvo un peso en la factura de la luz del 24%.
El resultado de las subastas del mercado diario son unos precios y unas cantidades de energía fijados para cada una de las horas del día siguiente. Además del mercado diario existe el intradiario; no lo reflejo por ser de menor volumen.
La evolución, en el último año, del precio máximo diario, de dicho mercado diario, se recoge en el gráfico siguiente. Este precio es del que hablan los medios de comunicación. Desde febrero de 2021 no para de crecer y en particular en los 5 últimos meses de ese año.
La invasión de Ucrania por Rusia el 24/2/2022 hace que el precio se dispare en febrero y marzo de 2022.
A continuación se presenta el grafico de precios del día 7/9/2021 resultado de la subasta del día anterior, así como las cantidades de energía vendidas-compradas en cada una de las horas de ese día:
A continuación se presenta un gráfico con la evolución del precio medio aritmético de cada mes
El siguiente gráfico presenta para cada mes, desde 2019, el precio máximo, el mínimo y la media aritmética. La reforma de las tarifas eléctricas bajo el gobierno de Pedro S. entró en vigor el 1/6/2021
El mercado diario se complementa con el intradiario (14% del total en 2020).
En 2020, el covid-19 ha sido la causa de que el precio medio anual haya sido de solo 40,38 €/MWh, el mínimo de la última década. La demanda de energía eléctrica también ha sido la mínima de los últimos 10 años (235.835 GWh).
Las tecnologías que más horas han marcado precio marginal en 2020 han sido la hidráulica, las renovables-cogeneración–residuos y los ciclos combinados con un 45,8%, 29,5% y 20,7% respectivamente.
El capítulo "Formación de precios en el mercado mayorista diario de electricidad" de "Energía y Sociedad" permite documentarse en ese tema.
3.- ¿Que tarifa eléctrica puede contratar un consumidor domestico?
Elegir la tarifa adecuada es difícil y sobre todo para una persona normal. En este apartado intento dar una idea sobre las mismas. No obstante, lo mas práctico es dejarse aconsejar por la compañía eléctrica en la que uno confíe.
Actualmente se dispone de dos posibilidades:
- Tarifas Reguladas o tarifas PVPC (Precio Voluntario al Pequeño Consumidor) o de último recurso (TUR). Son tarifas reguladas por el ministerio de Industria. El cliente puede contratar con una de las comercializadoras de último recurso cualquiera de las modalidades de este grupo. Actualmente la 2.0TD
- Tarifas del Mercado Libre. Cada empresa comercializadora establece las que quiere. En cada una de ellas los precios son fijos durante la duración del contrato (un año normalmente).
3.1.- Tarifa regulada, conocida desde el 2014 como Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC)
Los precios de estas tarifas varían de una hora a otra y también de un día a otro. Pueden consultarse en Red Eléctrica de España
Para potencias inferiores a 15 kW existirá una única tarifa, la 2.0TD que sustituye a las seis anteriores 2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA, 2.1DHS. Ver Sistema actual (desde el 1/6/2021)
Las potencias normalizadas son:
MONOFÁSICO | TRIFÁSICO |
Potencia (230V) | Potencia (230/400V) |
1,25 | 3,46 |
2,39 | 9,93 |
3,45 | 10,39 |
4,6 | 13,86 |
5,75 | 17,32 |
6,9 | 30,79 |
8,05 | 24,25 |
9,2 | 27,71 |
10,35 | 31,77 |
11,5 | 34,64 |
14,49 | 43,65 |
Entre otros, Curenergía (Comercializadora de Último Recurso del Grupo Ibredrola) gestiona clientes con tarifa de último recurso. E incluso Iberdrola Clientes tiene el "Plan 8.760 horas" que replica la tarifa de último recurso.
3.2.- Tarifas del Mercado Libre
Estas ofertas consisten en precios fijados libremente por cada empresa (tanto en el término potencia como en el de energía) y aplicados durante el periodo del contrato (normalmente un año). No les afectan las subidas ni las bajadas del coste de producción de la electricidad.
Cada empresa Comercializadora tiene un conjunto de ofertas. Iberdrola tiene, entre otros, los siguientes planes. Cada cliente puede elegir el que mejor se adapte a su consumo:
- Plan 8.760 horas
- Plan Estable
- Plan Noche
- Plan Elige 8 Horas
- Plan Verano
- Plan Invierno
- Plan Vehículo Eléctrico
- Plan Solar
- Energy Wallet
3.3.- Tarifas para vivienda con calefacción eléctrica por acumuladores o para coche eléctrico.
Con calefacción eléctrica por acumuladores, la tarifa 2.0TD permite un ahorro importante actuando de la siguiente forma.
- Se programa nuestro sistema de calefacción para cargarlos durante las 8 horas del periodo Valle (de 0 a 8).
- Adecuar la potencia contratada a nuestras necesidades reales. Lo ideal es descargar la curva de nuestro consumo y analizar cuál es la demanda máxima en los periodos punta y valle.
- Es decir, modificar las potencias contratadas a los valores necesarios en los periodos Punta y Valle. Así por ejemplo, podíamos contratar 3,45 en Punta y 11,5 en Valle. El apartado 3.1 recoge las potencias normalizadas
Lo mismo debe hacerse para cargar un coche eléctrico
Tener en cuenta que el consumidor podrá modificar las potencias contratadas en dos ocasiones en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2021 y el 31 de mayo de 2022.
Estas modificaciones no tendrán coste siempre que no se supere la mayor de las potencias que se tuvieran contratadas con anterioridad al 1 de junio de 2021.
En el caso de que la potencia que se desee contratar supere en algún periodo a la mayor de las potencias que tuviera contratada antes del 1 de junio de 2021, deberá abonar los derechos de acceso y extensión que correspondan.
El precio del kWh consumido en periodo Valle es el 43% del Punta.
El consumo de energía eléctrica para calentar una vivienda es importante, en consecuencia debemos actuar de acuerdo a los párrafos anteriores.
Nuestros acumuladores deberían consumir energía eléctrica unicamente durante el periodo Valle (de 0 a 8) y soltar calor durante el día. En las tarifas anteriores al 1/6/2021 los acumuladores se cargaban durante 14 horas (de 22 a 12), ahora solo se disponen de 8. Necesitarán cargarse en la mitad de tiempo, deberan ser más potentes. Puede que nuestros viejos acumuladores se queden pequeños y no logren cargarse en su totalidad en 8 horas.
Los contadores actuales permiten estas tarifas sin que la empresa comercializadora tenga que realizar obra.
La instalación de la vivienda debe estar preparada y programada para que los acumuladores se carguen durante el periodo barato y sus cables soporten la potencia contratada. En caso contrario un instalador debe hacernos la obra correspondiente.
Si los acumuladores no son programables es necesario un cableado específico para ellos y el correspondiente reloj programador.
El precio del kW contratado en periodo Valle es el 4,63% del Punta, mucho más barato (cuando muchos clientes tengan una potencia contratada en el periodo Valle subirán su precio). En consecuencia, y con las tarifas actuales, en el periodo Valle es mejor contratar de más que de menos.
Para una vivienda que necesite 100 kWh diarios (depende mucho del aislamiento, de la zona de España en que se encuentre, de la orientación, etc.) son necesarios 14 kW de potencia durante 8 horas. 14,49 kW es la máxima potencia que se puede contratar en monofásica.
3.4.- Bono Social
Es necesario cumplir una serie de requisitos.
Se aplica un descuento del 25% sobre la suma del término potencia y del término energía de cada factura.
Para optar a dicho bono es necesario tener contratada la tarifa de último recurso que corresponda (con o sin discriminación horaria)
Según la disposición transitoria décima de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, tienen derecho al bono social los suministros de los consumidores que, siendo personas físicas en su vivienda habitual, cumplan alguno de los requisitos siguientes:
- Tener una potencia contratada inferior a 3 kW en su vivienda habitual.
- Tener 60 o más años de edad y ser pensionista del Sistema de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente y viudedad, percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal.
- Tener 60 o más años de edad y ser beneficiario de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez.
- Ser familia numerosa.
- Formar parte de una unidad familiar que tenga todos sus miembros en situación de desempleo.
4.- Como averiguar el consumo de electricidad por horas
La factura actual proporciona los kWh consumidos en el mes en cada uno de los tres periodos (Punta, Llano y Valle).
No obstante, interesaría conocer la distribución horaria del consumo en días laborables y así tratar de desviar consumos a periodos baratos. Por otra parte, todo consumo que se pueda desviar a sábados, domingos y festivos bienvenido sea, ya que en ellos todas las horas son Valle. A continuación se indica cómo obtener la distribución horaria de su consumo.
Además, este conocimiento nos sirve también para ajustar las potencias (los kW) que necesitamos.
Los datos hora a hora están en la web de su empresa suministradora
(no en la empresa comercializadora). Por ejemplo si el suministrador es
Iberdrola, debe ir a la web: https://www.iberdroladistribucionelectrica.com/01disd/wtgapp/www/inicio.html
Y en ella registrarse como usuario (con los datos de su recibo).
Una vez registrado entra con su usuario y contraseña. Dispone de datos de su consumo diario, semanal, mensual, etc. Puede descargar datos (hora a hora) de su consumo y con Excel, por ejemplo, hacer los análisis de los mismos. Este fichero descargado también le servirá para tratarlo con el "Simulador de la factura de electricidad de la CNMC".
El que pueda acogerse al bono social se ahorrará un buen dinero.
El gráfico siguiente se obtiene de Iberdrola distribuidora en el apartado “consumos por factura”. Se descargan los datos y se halla el promedio de consumo en cada hora. Corresponde a agosto de 2021, que en mi caso no es mes tipo.
Nos sirve para ver en qué horas están nuestros consumos. Y tratar de desviarlos al periodo valle y en el peor de los casos al Llano. Todo el consumo que se pueda desviar a sábados, domingos y festivos tendrá la tarifa más barata, la Valle.
Desde luego, en este caso, también habría que estudiar las tarifas del Mercado
libre de Iberdrola y ver si alguna de ellas se ajusta a nuestro consumo
y
nos resulta más económica.
El gráfico siguiente se obtiene de Iberdrola distribuidora en el apartado potencia. En él presenta:
- Los máximos consumos de potencia de los últimos 12 meses.
- La potencia contratada es 3,45 kW tanto en Punta como Valle.
- Se ve que nunca se superó la potencia contratada y en consecuencia “nunca saltaron los plomos”.
Si este fuese un mes normal en mi consumo, podría pensar en bajar la potencia contratada en el periodo punta de 3,45 a 2,39 kW, pero para ello debería saber cuántas veces se supera ese valor a lo largo del mes.
Si son 4 o 5 merecería la pena cambiar y asumir que en esas “ocasiones saltasen los plomos”.
En Valle con 2,2 de máxima debería bajar la contratada a 2.39
kW. Sin embargo no lo haré porque en Valle el precio de 1kW es de solo
0,96
€ /mes.
5.-Sistemas de Tarifas anteriores(subir)
Durante los años de gobierno de Rajoy el precio de la electricidad se mantuvo. Subió el termino Potencia y bajó el término Energía.
El Sistema en vigor hasta el 1/6/2021 comenzó el 1 de abril de 2014. Algunas características del mismo son:
- Aparece un nuevo concepto: es el PVPC (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor).
- Las Tarifas de último Recurso (TUR) pasan a denominarse Precios Voluntarios para el Pequeño Consumidor (PVPC).
- Realmente lo que varía es la forma de calcular el precio de producir electricidad (no de trasportarla ni del resto de costes asociados).
- El precio de producir electricidad representa el 35% del precio final de la factura (el resto, se divide entre peajes e impuestos)
- Desaparecen las subastas CESUR y se sustituyen por los resultados del mercado diario e intradiario a la hora de fijar el precio de producir electricidad. El resultado de este procedimiento es que cada hora tiene un precio del kWh distinto al de las demás y distinto de un día a otro.
Todo ello nos lleva a una situación en la que es imposible saber que tarifas hay en vigor y si la que uno tiene contratada es la adecuada.
Para los consumidores acogidos a tarifa regulada (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor o PVCP) y que ya tengan instalado contador inteligente y telegestionado, existe un nuevo modelo de facturación desde el 1/10/2015. El precio del kWh varia cada hora. Se calcula en función de la cotización del kilovatio en cada hora en el mercado mayorista. Todo ello se traduce en 8.760 precios diferentes en el año.
Este precio, que varía de hora a hora y de un día a otro, solo afecta a aquellos que tienen un contador inteligente y que además no tengan contratada alguna de las tarifas libres que ofrecen las empresas comercializadoras.
Para los que no disponen de contador inteligente y se hallan acogidos a las tarifas TUR, el precio se fija como un valor medio de los precios de las distintas horas y días fijados en las subastas.
En resumen, actualmente disponemos de dos posibilidades de contrato de energía eléctrica:
- Tarifas Reguladas oTarifas PVPC o de último recurso (TUR): Son tarifas reguladas por el ministerio de Industria. El cliente puede contratar con una de las comercializadoras de último recurso una de estas tarifas. El precio del kWh varia de una hora a otra y de un día a otro.
- Tarifas del Mercado Libre. Cada Comercializadora dispone de un conjunto de tarifas y el consumidor elige la que mas le convenza. Las subidas y bajadas del precio de la energía no afectan durante el año de vigencia de dicho contrato.
Según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el 53,5 % de los consumidores domésticos de electricidad en España, un total de 13,82 millones, están acogidos a una tarifa del Mercado libre y en consecuencia no les afecta las subidas de precio (tampoco las bajadas. Claro que en este caso encontraremos un juez que diga que eso es ilegal, que la Compañía eléctrica nos ha engañado y la obligará a que nos baje el precio). El 46,5 % restante, 12 millones, tienen tarifa regulada (PVPC) y están sujetos a las oscilaciones del mercado (bien cuando los precios bajan y mal cuando suben).
Las tarifas PVPC o de último recurso, en función de la potencia contratada, son las siguientes:
Potencia Contratada | Tarifa | Observaciones |
Inferior a 10 kW | Tarifa 2.0 A | Sin discriminación horaria |
Tarifa 2.0 DHA | Con discriminación horaria. 2 periodos | |
Tarifa 2.0 DHS | Con discriminación horaria. 3 periodos | |
entre 10 y 15 kW | Tarifa 2.1 A | Sin discriminación horaria |
Tarifa 2.1 DHA | Con discriminación horaria. 2 periodos | |
Tarifa 2.1 DHS | Con discriminación horaria. 3 periodos | |
Mas de 15 kW | Tarifa 3.0 A | Con discriminación horaria. 3 periodos |
La práctica totalidad de los consumidores domesticos tienen una potencia contratada inferior a 10 kW y por tanto tendrán una de las tres siguientes:
- Con periodo único. Tarifa 2.0 A. Sin discriminación horaria.
- Con dos periodos. Tarifa 2.0 DHA. Tarifa nocturna. Habrá un periodo diario de tarifa punta y otro de valle
- Con tres periodos. Tarifa 2.0 DHS. Tarifa Supervalle. Esta tarifa de tres períodos se utiliza principalmente para usuarios que tengan coches eléctricos, para que puedan aprovechar el período supervalle para cargarlos
Los horarios de estas tarifas son:
Tarifas | ||||
---|---|---|---|---|
Periodos | PVPC sin DH. (Tarifa 2.0 A y 2.1 A) | PVPC con DH, 2 periodos ó "tarifa nocturna". (Tarifa 2.0 DHA y 2.1 DHA) | PVPC Vehículo eléctrico, 3 periodos o con "tarifa supervalle". (Tarifa 2.0 DHS, 2.1 DHS y 3.0 A) | |
único | único | 24 horas | ||
Verano | Punta | de 13h a 23h | ||
Valle | de 23h a 13h | |||
Invierno | Punta | de 12h a 22h | ||
Valle | de 22h a 12h | |||
Supervalle | de 1 a 7 | |||
Valle | de 23h a 1h y de 7h a 13h | |||
Punta | de 13 a 23 | |||
Desde octubre de 2015 el precio de estas tarifas en cada hora es distinto. Esta factura eléctrica se calcula en función del consumo realizado en cada hora y del precio de la electricidad en dicha hora; que es el fijado para esa hora en la subasta del mercado mayorista de electricidad, conocido como 'pool'. El precio para cada día está disponible un día antes, a partir de las 20:15 horas, en la web de Red Eléctrica de España (REE), y también en la web de Iberdrola. Ver enlaces al final de la página. Para aprovechar las horas de bajo precio deberiamos consultar los mismos cada dia y realizar nuestro consumo en dichas horas. No creo que nadie pueda hacer esto todos los días.
En la factura estas tarifas suelen estar desglosados en la parte de potencia y la de energía. El término potencia se desglosa, a su vez, en acceso y comercialización y el término energía en acceso y coste propio de la energía. Todo el conjunto se presta a error y no es fácil saber el total del precio del kWh.
Cambios en años anteriores
Hasta finales de 2013, el precio de producir electricidad se fijaba a partir de las subastas Cesur. La celebrada el 19 de diciembre arrojó un incremento de los precios de la electricidad del 25,6% lo que provocaba una subida de la tarifa del 11%. Ante esta situación el Gobierno decidió intervenir y fijar una subida media en la tarifa eléctrica del 2,3% para el primer trimestre de 2014 y comenzar el estudio de un nuevo método.
Las tarifas eléctricas tuvieron un incremento espectacular en los últimos años de la segunda legislatura de Zapatero, con Miguel Sebastián como Ministro de Industria.
El pasar de una facturación bimensual a mensual en 2009, sirvió para camuflar parte de la subida.
La subida del IVA, en julio del 2010 - del 16 al 18 %-, afecta al recibo de la luz, y hace que se haya encarecido aún mas.
Lo mismo sucedió al pasar el IVA al 21% el 1/9/2012.
El 1 de julio de 2009 entraron en vigor tanto el Suministro de último Recurso (SUR) como las Tarifas de último Recurso (TUR), que sustituyeron a las tarifas integrales de energía eléctrica existentes hasta entonces, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, publicado el 4 de abril de 2009 en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Con la entrada en vigor de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, se establecen diversos cambios en la terminología empleada hasta la fecha:
- Se distingue entre empresas suministradoras de electricidad y empresas comercializadoras de la misma.
- El Suministro de último Recurso pasa a denominarse Suministro de Referencia.
- Las comercializadoras de último recurso pasan a denominarse comercializadoras de referencia.
6.- Desglose de una factura eléctrica anterior al 1/6/2021
Cualquiera puede comprobar que el recibo de la luz consta de los siguientes conceptos. A cada uno de ellos le he añadido los valores de una factura real, del 24/2/2011 correspondiente a una vivienda. En 2017 los conceptos señalados continuan siendo validos, aunque el precio de cada uno de ellos haya aumentado:
- Potencia contratada (término potencia)
- Es el producto de la potencia contratada por la tarifa de dicha potencia y por el nº de días del periodo a facturar.
- Ejemplo: 3,3 kW * 26 días * 0,056529 €/kW día = 4,85 €
- Energía consumida.
- Es el producto de la energía consumida durante el periodo a facturar multiplicada por el precio de la tarifa de dicha energía
- Ejemplo: 374,29 kWh * 0,140069 €/kWh = 52,43 €
- Impuesto sobre la electricidad (Además del IVA, en el recibo
de la luz también hay que pagar este impuesto)
- Es el 4,864 % sobre el importe de los costes de la potencia contratada más el de la energía consumida y todo ello multiplicado por el factor 1,05113
- Ejemplo: 4,864 % * (4,85 + 52,32) * 1,05113 = 2,93 €
- Alquiler de equipos de medida
- Es el producto del número de días del periodo a facturar por el precio del alquiler diario del equipo
- Ejemplo: 26 días * 0,01874 €/día = 0,49 €
- IVA (el actual es ya del 21 %)
- Se aplica sobre el total de los conceptos anteriores. Incluso sobre el impuesto anterior
- Ejemplo. 18 % * 60,6985051 = 10,93 €
- Total de la factura
- Es la suma de todos los importes anteriores
- Ejemplo: 71,62 €
6.1.- Qué cosas no aparecen en la factura eléctrica.
Al menos Iberdrola presenta dentro de la factura un apartado titulado “El 50% de su factura” en el que nos desglosa que porcentaje de su factura se debe a la electricidad y cual es ajeno a dicha electricidad. En concreto en mi factura de 10-1-2017 dice lo siguiente:
- 32% Es el coste de producción de la electricidad.
- 18% Coste de las redes de transporte y su distribución.
- Estos dos conceptos son el coste total de la electricidad y representan el 50% de lo que pagamos.
- 21 % es el IVA.
- 18% Incentivos a las renovables, cogeneración y residuos.
- 11% otros costes regulados.
- Estos tres conceptos son impuestos y añadidos ajenos a la energía eléctrica que usted ha consumido. Representan un 50% en esta factura.
Entre otras cosas, a través de su factura eléctrica se subvenciona:
- Primas al régimen especial (fotovoltaica -los paneles solares con que Zapatero nos inundó y que durante 25 años, mes a mes, tendremos que estar pagando-, eólica, etc.).
- Garantía de Potencia. Para cuando no hay viento y/o no hay sol debemos disponer de centrales de reserva -de gas principalmente- que produzcan electricidad en esos momentos. Este coste es achacable a las renovables y es una pasta lo que cuesta tenerlas a punto para funcionar a cualquier hora y ello aunque la mayor parte del año estén paradas.
- Primas para el uso del carbón nacional. Para que nuestros mineros (y otros que se hacen pasar por mineros) sigan teniendo trabajo y puedan jubilarse con la pensión máxima, a los 44 años de trabajo o menos y disfruten de esa pensión máxima montones de años a costa de los demás.
- Costes de diversificación (Entre otros la Moratoria nuclear. Felipe González llegó al poder en diciembre de 1982 y en 1991 ordenó paralizar las obras de 7 centrales nucleares (Lemóniz I y II, Valdecaballeros I y II, Trillo II, Regodola I y Sayago I). Un triunfo de los ecologistas. Durante 25 años estaremos pagando la inversión realizada en esas obras; la moratoria nuclear la habremos estado pagando desde 1995 a 2020).
- Otros costes permanentes (Entre otros, también se subvenciona el precio de la electricidad a Canarias y Baleares - Compensación extra peninsular-)
7.- Precios de tarifas. (subir)
7.1.- Sistema hasta junio de 2021
En este sistema, es difícil ver la evolución de las tarifas reguladas PVPC ya que estas tienen precios que varían de hora en hora y de día en día. La más sencilla de analizar sería la tarifa sin discriminación horaria 2.0 A. Y aún en esta el precio medio depende de cada consumidor, de cómo distribuye cada consumidor el consumo a lo largo del día y en los distintos días.
Para un cliente al que he tenido acceso a sus facturas, la evolución del precio del término energía (Sin Impuestos) durante los últimos años ha sido la siguiente. Destaca el descenso entre octubre de 2018 y mayo de 2020. Desde esta última fecha el precio, con algún descenso, no para de subir:
En este mismo periodo y para el mismo cliente, el Término Potencia (Sin Impuestos) de esta tarifa ha tenido dos incrementos importantes, en septiembre de 2013 y en marzo de 2014:
Los impuestos aplicados en el recibo de la luz son:
- Impuesto Eléctrico: 5,11269632%. No se plica sobre el importe del "alquiler equipos medida"
- IVA: 21%. El IVA se aplica sobre el importe de la factura incluyendo el Impuesto Eléctrico
7.2.- Sistemas Anteriores
Los Datos presentados a continuación corresponden a tarifas de último recurso (TUR) de viviendas familiares (no de empresas), sin y con tarifa nocturna. En concreto a:
- La tarifa actual ATR 2.0 A, anteriormente se llamaba 2.0.02, corresponde a potencias contratadas comprendidas entre 2,5 y 5 KW. TUR SIN tarifa nocturna
- La tarifa actual 2.0.3, anteriormente se llamaba 2.0.N, corresponde a potencias contratadas comprendidas entre 5 y 10 kW. TUR CON tarifa nocturna
Por debajo de 2,5 kW existen las tarifas con bono social, de las que no se presento datos. Estas son:
- 1.0 para valores de potencia contratada inferiores a 1 kW y
- 2.0.1 para valores de potencia contratada entre 1 kW y 2,5 kW
7.2.1.- Viviendas Normales. Con potencias entre 2,5 y 5 kW (tarifa ATR 2.0 A, anteriormente 2.0.02 / TUR y PVPC desde dic-2013). SIN tarifa nocturna
A continuación se recogen 2 gráficos donde se refleja dicha subida y también una tabla con dichas tarifas, así como la fecha del BOE que las ampara.
En el 2º gráfico, y también en la tabla, se ve que la subida del término energía, del 2007 al 2011, ha sido del 156 %. En cada recibo, los euros por la energía consumida representan un 85 % del total.
Año | fecha cambio Tarifa | Precios | Fecha BOE | Incremento | Precio Base 100 2007 | ||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Potencia (€/día) | Energía (€/kWh) | Energía (€/kWh) (1) | Incremento Potencia | Incremento Energia | Potencia | Energía | |||
2007 | "01/01/2007 | 0,052729567 | 0,089868 | 30/12/06 | 100 | 100 | |||
01/0720/07 | 0,052729567 | 0,089868 | 30/06/07 | 100 | 100 | ||||
2008 | 01/01/2008 | 0,054469633 | 0,092834 | 29/12/07 | 3,3% | 3,3% | 103 | 103 | |
01/07/2008 | 0,054469633 | 0,092834 | 0,106234 | 28/06/08 | 0,0% | 0,0% | 103 | 103 | |
2009 | 01/01/2009 | 0,054745167 | 0,11248 | 0,14087 | 31/12/08 | 0,5% | 21,2% | 104 | 125 |
01/07/2009 | 0,056529 | 0,11473 | 30/06/09 | 3,3% | 2,0% | 107 | 128 | ||
2010 | 01/01/2010 | 0,056529 | 0,117759 | 31/12/09 | 0,0% | 2,6% | 107 | 131 | |
01/10/2010 | 0,056529 | 0,125159 | 30/06/10 | 0,0% | 6,3% | 107 | 139 | ||
2011 | 01/01/2011 | 0,056529 | 0,140069 | 29/12/10 | 0,0% | 11,9% | 107 | 156 | |
01/07/2011 | 0,056529 | 0,142319 | 1/07/11 | 0,0% | 1,6% | 107 | 158 | ||
01/10/2011 | 0,056375 | 0,152559 | 26/04/2012 | -0,3% | 7,2% | 107 | 170 | ||
2012 | 01/01/2012 | 0,07427 | 0,168075 | 26/04/2012 | 31,7% | 10,2% | 141 | 187 | |
01/06/2012 | 0,059817 | 0,142138 | 26/04/2012 | -19,5% | -15,4% | 113 | 158 | ||
01/07/2012 | 0,059817 | 0,142208 | 26/04/2012 | 0,0% | 0,0% | 113 | 158 | ||
01/10/2012 | 0,059817 | 0,149198 | 29/06/2012 | 0,0% | 4,9% | 113 | 166 | ||
2013 | 01/01/2013 | 0,05998134 | 0,150938 | 0,3% | 1,2% | 114 | 168 | ||
01/04/2013 | 0,05998134 | 0,138658 | 0,0% | -8,1% | 114 | 154 | |||
01/10/2013 | 0,097669789 | 0,130485 | 62,8% | -5,9% | 185 | 145 | |||
2014 | 01/01/2014 | 0,097669789 | 0,133295 | 0,0% | 2,2% | 185 | 148 | ||
01/02/2014 | 0,115187468 | 0,124107 | 17,9% | -6,9% | 218 | 138 | |||
01/04/2014 | 0,115187468 | 0,124107 | 0,0% | 0,0% | 218 | 138 | |||
2015 | 01/01/2015 | 0,115187468 | 0,124107 | 0,0% | 0,0% | 218 | 138 | ||
01/10/2015 | 0,115187468 | 0,124107 | 0,0% | 0,0% | 218 | 138 | |||
Año | fecha cambio Tarifa | Potencia (€/día) | Energía (€/kWh) | Energía (€/kWh) (2) | Fecha BOE | Incremento Potencia | Incremento Energia | Potencia | Energíia |
Precios | Incremento | Precio Base 100 2007 |
Notas:
- Los primeros kWh consumidos tenían un precio y los siguientes eran mas caros. Este 2º valor se halla en la columna de esta nota.
7.2.2.- Viviendas con Tarifa Nocturna y menos de 10 kW de potencia (tarifa 2.0.3). (subir)
A Continuación se recogen 3 gráficos donde se refleja dicha subida y también una tabla con dichas tarifas, así como la fecha del BOE que las ampara.
En el 2º gráfico, y también en la tabla, se ve que la subida del término energía, del 2007 al 2011, ha sido del 179 % para la diurna y de 142 % para la nocturna. En cada recibo el término correspondiente a la energía consumida representa un 85 % del total.
El 3º gráfico presenta la evolución del importe correspondiente a la potencia contratada. En él se observa el enorme incremento (prácticamente se triplicó) que experimentó dicho concepto, por el hecho de incluir la potencia contratada para las horas nocturnas, en el calculo de este término. Todo ello a pesar de que el kW disminuyera su valor.
Año | fecha cambio Tarifa | Precios | Fecha BOE | Incremento | Precio Base 100, 2007 | Notas | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Potencia (€/día) | Energía Diurna (€/kWh) | Energía Nocturna (€/kWh) | Potencia | Energía Diurna | Energía Nocturna | Potencia | Energía Diurna | Energía Nocturna | ||||
2007 | "01/01/07 | 0,0538580 | 0,094297 | 0,042761 | 30/12/2006 | 100 | 100 | 100 | ||||
01/07/2007 | 0,0565509 | 0,099012 | 0,044899 | 30/06/2007 | 5,0% | 5,0% | 5,0% | 105 | 105 | 105 | ||
2008 | 01/01/2008 | 0,0584171 | 0,102279 | 0,046381 | 29/12/2007 | 3,3% | 3,3% | 3,3% | 108 | 108 | 108 | 1 |
01/07/2008 | 0,0547452 | 0,125959 | 0,04945 | 28/06/2008 | 195 % | 23,2% | 6,6% | 320 | 134 | 116 | 2 | |
2009 | 01/01/2009 | 0,0547452 | 0,135145 | 0,059614 | 31/12/2008 | 0,0% | 7,3% | 20,6% | 322 | 143 | 139 | |
01/07/2009 | 0,0558401 | 0,14775 | 0,069806 | 30/06/2009 | 0,6% | 9,3% | 17,1% | 323 | 157 | 163 | ||
2010 | 01/01/2010 | 0,056529 | 0,13896 | 0,058923 | 31/12/2009 | 0,4% | -5,9% | -15,6% | 323 | 147 | 138 | |
01/07/2010 | 0,056529 | 0,138343 | 0,060736 | 30/06/2010 | 0,0% | -0,4% | 3,1% | 323 | 147 | 142 | ||
01/10/2010 | 0,056529 | 0,149253 | 0,058616 | 30/09/2010 | 0,0% | 7,4% | -3,5% | 323 | 158 | 137 | ||
2011 | 01/01/2011 | 0,056529 | 0,168743 | 0,06089 | 29/12/2010 | 0,0% | 13,1% | 3,9% | 323 | 179 | 142 | |
01/07/2011 | 0,056529 | 0,17282 | 0,064047 | 01/07/11 | 0,0% | 2,4% | 5,2% | 323 | 183 | 150 | ||
01/10/2011 | 0,056375 | 0,185235 | 0,067697 | 26/04/2012 | -0,1% | 7,2% | 5,7% | 323 | 196 | 158 | ||
2012 | 01/01/2012 | 0,07427 | 0,208833 | 0,06226 | 26/04/2012 | 10,3% | 12,7% | -8,0% | 356 | 221 | 146 | |
01/04/2012 | 0,059817 | 0,172438 | 0,0607 | 26/04/2012 | -7,5% | -17,4% | -2,5% | 329 | 183 | 142 | ||
01/06/2012 | 0,059817 | 0,172518 | 0,06078 | 26/04/2012 | 0,0% | 0,0% | 0,1% | 329 | 183 | 142 | ||
01/07/2012 | 0,059817 | 0,180838 | 0,06794 | 29/06/2012 | 0,0% | 4,8% | 11,8% | 329 | 192 | 159 | ||
2013 | 01/01/2013 | 0,05998134 | 0,183228 | 0,06377 | -66,2% | 1,3% | -6,1% | 111 | 194 | 149 | ||
01/04/2013 | 0,05998134 | 0,167658 | 0,05719 | 0,0% | -8,5% | -10,3% | 111 | 178 | 134 | |||
01/10/2013 | 0,097669789 | 0,158548 | 0,055833 | 62,8% | -5,4% | -2,4% | 181 | 168 | 131 | |||
2014 | 01/01/2014 | 0,097669789 | 0,161328 | 0,058403 | 0,0% | 1,8% | 4,6% | 181 | 171 | 137 | ||
01/02/2014 | 0,115187468 | 0,148832 | 0,057995 | 17,9% | -7,7% | -0,7% | 214 | 158 | 136 | |||
01/04/2014 | 0,115187468 | 0,148832 | 0,057995 | 0,0% | 0,0% | 0,0% | 214 | 158 | 136 | |||
2015 | 01/01/2015 | 0,115187468 | 0,148832 | 0,057995 | 0,0% | 0,0% | 0,0% | 214 | 158 | 136 | ||
01/10/2015 | 0,115187468 | 0,148832 | 0,057995 | 0,0% | 0,0% | 0,0% | 214 | 158 | 136 | |||
Año | fecha cambio Tarifa | Potencia (€/día) | Energía Diurna (€/kWh) | Energía Nocturna (€/kWh) | Fecha BOE | Potencia | Energía Diurna | Energía Nocturna | Potencia | Energía Diurna | Energía Nocturna | Notas |
Precios | Incremento | Precio Base 100, 2007 |
Notas:
- (1) : Hasta el primer semestre de 2008 (incluido), el termino potencia solo se aplicaba a los kW diurnos contratados. Los kW nocturnos contratados no influían en la cantidad a pagar.
- (2) : Con este cambio de tarifa los kW totales contratados se aplican en el calculo del importe a pagar por el concepto potencia. Con ello, este termino sufrió un incremento importante a pesar de que según la tabla hay un descenso. El término potencia se multiplicó por 3 (2,95 por termino medio). En un caso tipo se pasó de pagar 5,78 €/mes (3.3*1,752513) a pagar, a partir de junio de 2008, 17,06 (10.392*1.642355).
8.- Enlaces: (subir)
Sobre la factura de la luz en vigor a partir del 1/6/2021
- La nueva factura de la luz según la CNMC
- Circular 3/2020, de 15 de enero, de la CNMC.
- Real Decreto 148/2021, de 9 de Marzo, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Iberdrola. Te ayudamos a entender los cambios
- OMIE (operador de mercado eléctrico)
- Formación de precios en el mercado mayorista diario de electricidad
Otros
- Las Claves del Sector Energético.
- Simulador de la factura de electricidad de la CNMC
- El Sistema Eléctrico Español (y X). Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), por José Luis Sancha Gonzalo.
- Precios horarios de la enegía eléctrica para el día siguiente. Sin Discriminación horaria y con dos periodos. Publicada por REE.
- Precios horarios de la enegía eléctrica para el día siguiente. Sin Discriminación horaria y con dos periodos. Publicada por Iberdrola.
Los detalles de algunos cambios de tarifas y un análisis mas detallado pueden verse en los enlaces siguientes:
- Déficit de Tarifa del Sistema Eléctrico y Primas a las Renovables
- Subida tárifa eléctrica 1/7/09
- Subida tárifa eléctrica 1/1/09
- Subida tárifa eléctrica 1/7/08
Enlaces de cambios de tarifas al BOE:
- Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.
- Resolución
de 30 de junio de 2011, de la Dirección General de Política
Energética y Minas - Orden ITC/3353/2010, de 28 de diciembre (2010)
- Resolución de 29 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar en el cuarto trimestre de 2010
- Resolución de 28 de junio de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar en el tercer trimestre de 2010
- Resolución de 29 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso a aplicar en el primer semestre de 2010
- Resolución de 29 de junio de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas
- ORDEN ITC/3801/2008 de 26 de diciembre (2008)
- ORDEN ITC/1857/2008 de 26 de junio (2008)
- ORDEN ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008
- REAL DECRETO 871/2007, de 29 de junio, por el que se ajustan las tarifas eléctricas a partir del 1 de julio de 2007
- REAL DECRETO 1634/2006, de 29 de diciembre, por el que se establece la tarifa eléctrica a partir de 1 de enero de 2007.
Enlaces a Trípticos de precios regulados de electricidad:
- Tarifas eléctricas a partir del 1/10/15 (mismos que los del 1/4/14)
- Tarifas eléctricas a partir del 1/1/15 (mismos que los del 1/4/14)
- Tarifas eléctricas a partir del 1/4/14
- Tarifas eléctricas a partir del 1/2/14
- Tarifas eléctricas a partir del 1/1/14
- Tarifas eléctricas a partir del 1/10/13
- Tarifas eléctricas a partir del 1/4/13
- Tarifas eléctricas a partir del 1/1/13
- Tarifas eléctricas a partir del 1/10/12
- Tarifas eléctricas a partir del 1/7/12
- Tarifas eléctricas a partir del 1/6/12
- Tarifas eléctricas a partir del 1/1/12
- Tarifas eléctricas a partir del 1/10/11
- Tarifas eléctricas a partir del 1/7/11
- Tarifas eléctricas a partir del 1/4/11
- Tarifas eléctricas a partir del 1/1/11
- Tarifas eléctricas a partir del 1/10/10
- Tarifas eléctricas a partir del 1/7/10
- Tarifas eléctricas a partir del 1/1/10
- Tarifas eléctricas a partir del 1/1/09
- Tarifas eléctricas a partir del 1/1/08
- Tarifas de Iberdrola del 1/1/09
- Sugerencias de Iberdrola en relación a la desaparición de la Tarifa Nocturna
Nota 1.: Los dos primeros gráficos me han sido sugeridos por Ramón Robles