La última subida, por ahora, de las tarifas eléctricas se ha realizado con la "Resolución de 29 de junio de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas" publicada en el BOE de 30 de junio de 2009. En ella se establecen las tarifas eléctricas de último recurso a aplicar en el segundo semestre de 2009.
Por comodidad, por evitar riesgos y porque con la tarifa nocturna pensaron, en su día, que no les saldría muy cara, mucha gente instaló calefacción eléctrica. Contrataron tarifa nocturna con, por ejemplo, 3,3 KW para el día y 16,5 para la noche, muchos en trifásica tal y como le sugirieron.
Con el cambio de tarifas del 1/7/08, los kW nocturnos pasan a pagar término potencia, con lo que conviene reducir dicha potencia. Por ejemplo a 10,3 kW. en el tipo 2.0.3 (el número de escalones en trifásica es menor que en monofásica) y von este cambio llegó el primer palo.
Tarifa tipo 2.0.3 | Diurna (Punta) | Nocturna (Valle) | ||
---|---|---|---|---|
Término Potencia | Término Energía | Término Potencia | Término Energía | |
€/kW mes | €/kWh | €/kW mes | €/kWh | |
A partir del 1/1/08 (1) | 1,752513 | 0,102279 | 0 | 0,046381 |
A partir del 1/7/08 | 1,642355 | 0,125959 | 1,642355 | 0,04945 |
A partir del 1/1/09 | 1,642355 | 0,135145 | 1,642355 | 0,059614 |
A partir del 1/7/09 | 1,675202 | 0,147750 | 1,675202 | 0,069806 |
Incremento repecto al 06/08 | -4,4%(1) | 44,5% | Infinito | 50,5% |
Incremento del término potencia, al pasar de 3,3 kW diurnos y 16,5 nocturnos a 10,392 kW para todo el día en la nueva tarifa (2) | ||||
A partir del 1/1/08 (3,3 kw Diurnos) | 5,78 € | |||
A partir del 1/7/09 (10 kw) | 17,41€ | |||
Incremento | 201 % |
En un año el precio de la energía consumida, se ha incrementado un 34,5 % la diurna y un 50,5 % nocturna ¡Casi na!.
Notas:
(1).- La tarifa 2.0.N. a extinguir el 1 de julio de 2008. Los precios reflejados "A partir de 1/1/08" corresponden a esta tarifa.
(2).- Hasta junio-08 el termino potencia se aplicaba a la potencia contratada en el periodo diurno (3,3 kW por ejemplo), independientemente de cual fuera la potencia nocturna contratada. A partir del 1/7/08 y continua con los cambios del 1/1/09 y 1/7/09, el término potencia se aplica al total de la potencia contratada.
Con ello resulta que no hay una bajada del 4,4 % en el término de potencia, sino una subida del orden del 200 % (dependiendo de los valores contratados).
Para el tipo ATR 2.0 A (anteriormente 2.0.02) las tarifas desde el 1/7/2007 han sido las siguientes:
Tipo 2.0 A (Antes 2.0.02) | Término Potencia | Término Energía | |
---|---|---|---|
€/kW mes |
€/kWh | ||
A partir del 1/7/07 | 1,581887 | 0,089868 | |
A partir del 1/1/08 | 1,634089 | 0,092834 | |
A partir del 1/7/08 | Sin Recargo | 1,634089 | 0,092834 |
Con Recargo | 0,106234 | ||
A partir del 1/1/09 | Sin Recargo | 1,642355 | 0,11248 |
Con Recargo | 0,14087 | ||
A partir del 1/7/09 (3) | 1,675202 | 0,11473 | |
Incremento repecto al 01/07/07 | 5,9 % | 27,7% |
Respecto a la tarifa existente en el 2º semestre del 2007, el incremento de precio en la energía consumida ha sido del 27,7 % y del 5,9 en la potencia contratada. En año y medio nos han subido la luz una burrada
(3) Además de modificar los precios, la subida del 1/7/09 elimina:
Se ha conseguido que la mayor parte de la gente no se entere gracias a:
(subir) .