Calculadoras Impuestos SyD, Plusvalía e ITP

Calculadora de Ganacias Patrimoniales e IRPF asociado

En Pruebas.

Actualizada el 1/2/2025 a normas del IRPF 
Usada 347 veces desde el 1/2/2025. Uso gratuito 

Esta calculadora halla el incremento del Impuesto de IRPF y las Ganancias Patrimoniales obtenidas por la venta o donación de un inmueble.

Los campos marcados con * son obligatorios
CCAA de Regimén Común y Resto *
Tipo de Bien *
Datos Transmisión:
Fecha Transmisión *
Valor Transmisión(€) *
Impuestos Transmisión (IVA, TP, ..)
Gastos Transmisión (Notario, Registro, Plusvalía, ..)
Datos Adquisición:
Fecha Adquisición *
Valor Adquisición(€) *
Impuestos Adquisición (IVA, TP, ..)
Gastos Adquisición (Notario, Registro, Plusvalía, ..)
Datos Mejora y Otros:
Gastos Mejoras (No mantenimiento)
Año Mejoras
Importe utilitzado desde 01/01/2015
Otras Ganancias Patrimoniales en el año

Resultados:

Resultados
CA:
Tipo de Bien:
TOTAL Gan Patr Computables
Tipo Resultante: %
Incremento IRPF (€):
Datos y Detalle Resultados
Resultados Intermedios:
Valor Transmisión Bien
Valor Transmisión Mejoras
Valor Total Transmisión Bien
Coeficiente de Actualizado Bien
Coeficiente de Actualizado Mejora
Valor Total Actualizado Adquisición Bien
Mejoras Actualizadas
nº días hasta 20/1/2006 (31/12/2006)
nº días en propiedad
Gan Patr Bien
Gan Patr Bien. Desde 2006
Gan Patr Bien. Hasta 2006
Porcentaje Aplicable
nº años hasta 31/12/1996
Coeficiente de Abatimiento
Reducción Abatimiento
Gan Patr Computables Bien
Gan Patr Computables Mejoras
TOTAL Gan Patr Computables
Datos Transmisión:
Fecha Transmisión
Valor Transmisión
Impuestos Transmisión
Gastos Transmisión
Datos Adquisición:
Fecha Adquisición
Valor Adquisición
Impuestos Adquisición
Gastos Adquisición
Datos Mejoras y Otros:
Gastos Mejoras
Año Mejoras
Importe Utilizado
Otras GP en el año
¡Ayuda!: Si alguien conoce el criterio que sigue Hacienda para distribuir el valor de venta de un inmueble entre la adquisición y la mejora, ruego nos lo comunique al email: syd.calculadora@gmail.com Resumiendo: Hace 30 años alguien adquirió una casa por 100.000€. Hace 10 añadió una piscina que le costó 50.000€. Ahora vende lo anterior por 300.000€. ¿Cuántos de esos 300.000€ corresponden a la casa y cuántos a la piscina?

Notas:

  • Unas Ganancias Patrimoniales negativas indican que hay pérdidas y en consecuencia, el incremento del IRPF es cero.
  • Esta calculadora tiene en cuenta la reducción por abatimiento (disposición transitoria 9ª) en el caso de inmuebles.
  • En el caso de Acciones y Otros no permite valores de adquisición anteriores a 1995. En el caso de Inmuebles sí.
  • En impuestos y gastos, tanto de transmisión como de adquisición, solo deben ponerse los realmente pagados por el propietario que ahora transmite. En impuestos pueden ser IVA, TP, AJD, SyD, Plusvalía e IRPF. En gastos estarían los de Notario, Registro, Gestoría, Inmobiliaria.
  • En "Importe Utilizado" se reflejará la cantidad de otras transmisiones ya usadas en reducciones amparadas en la DT 9ª.
  • Permite incorporar una mejora, siempre que sea posterior a 1994
  • En "Otras GP en el año" se reflejará otras ganancias patrimoniales que hayamos tenido en el año de la transmisión. La calculadora las tiene en cuenta para aplicar a las GP de la transmisión del inmueble, el tipo correspondiente a la suma de ambas transmisiones. El incremento del IRPF será mayor al serlo el tipo aplicado.
  • El incremento de IRPF real es inferior al reflejado por la calculadora únicamente en el caso de que el propietario que trasmite tenga unos ingresos anuales inferiores a 15.000€ en el año en que se desprende del inmueble. Si no ha tenido ingreso alguno en ese año, el IRPF real será unos 1.000€ menos, dependiendo del mínimo personal y familiar que le corresponda por su situación familiar en la CA donde se halla el inmueble.
  • La ganancia patrimonial se integrará en la base imponible del ahorro, porque se ha generado como consecuencia de la transmisión de un elemento patrimonial.
  • En el territorio común (toda España excepto País Vasco y Navarra), los coeficientes reductores solo se aplican a los primeros 400.000 euros de valor de transmisión de las ventas de elementos patrimoniales adquiridos antes del 31 de diciembre de 1994, que se realicen desde el 1 de enero de 2015. El el páis Vasco y Navarra no se aplica límite alguno.
  • No tiene en cuenta las amortizaciones correspondientes a los periodos en que el inmueble haya estado alquilado.
  • En País Vasco y Navarra la fecha de 20/01/2006 cambia a 31/12/2006.
  • Cada Diputación del País Vasco fija unos coeficientes de actualización para actualizar los importes de adquisición y mejoras. En Navarra y en el resto de España no se consideran actualizaciones.
  • ¿Cómo distribuir el valor de transmisión entre el inmueble y la mejora (si es que existe): La calculadora asume que el valor del inmueble y de la reforma han aumentado proporcionalmente a su coste e independientemente de los años transcurridos desde la adquisición y desde la mejora. Seguramente una tasación podría ajustar mejor el reparto del valor de transmisión entre la vivienda y la mejora. En el caso del País Vasco, la calculadora hace el reparto teniendo en cuenta el valor actualizado (según los coeficientes de cada Diputación) de cada una.
  • Enlaces:

    Disposición transitoria novena. Régimen transitorio aplicable a las ganancias patrimoniales derivadas de elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad a 31 de diciembre de 1994.